Ternas Remitidas
Realizado el Concurso Público de antecedentes y oposición de conformidad al procedimiento establecido por las normas legales y reglamentarias de aplicación, y de acuerdo a los dictámenes aprobados por este Consejo, por la presente se eleva la terna por orden alfabético, sin que importe orden de mérito (art. 19 Ley IV -32 antes Ley 3652) correspondiente al siguiente concurso:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición Nº 281/23 un cargo de Defensor de Oficio de la Defensoría en lo Correccional y de Menores N°2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones con asiento en la ciudad de Posadas, hace saber que las ternas por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitidas al Poder Ejecutivo de la Provincia son las siguientes:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición N° 280/23 un cargo de Defensor Oficial de Primera Instancia de la Defensoría de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones con asiento en la ciudad de Posadas , hace saber que las ternas por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitidas al Poder Ejecutivo de la Provincia son las siguientes:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición Nº 275/23 un cargo de Fiscal de Primera Instancia de la Fiscalía Civil y Comercial N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, con asiento en la ciudad de Posadas, hace saber que las ternas por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitidas al Poder Ejecutivo de la Provincia son las siguientes: