Reforma Reglamento de Concursos

Consejo de la Magistratura.

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, hace saber que ha dictado la siguiente resolución: “En la Ciudad de Posadas, Capital de la Provincia de Misiones a los veinte días del mes de Mayo del año 2014… RESUELVE: ...MODIFICARel artículo 17 del Reglamento de los Concursos el que quedará redactado de la siguiente manera: “ART. 17°: PROCESO DE EVALUACIÓN. CLASIFICACIÓN Y PUNTAJE DE ANTECEDENTES Y EVALUACIÓN PERSONAL (ART. 27 R.C.). Los antecedentes de los postulantes y la evaluación de la entrevista personal prevista en el art. 27 serán calificados con un máximo de 110 puntos, por el Consejo de la Magistratura, de acuerdo con el siguiente criterio:

 a) Hasta 45 puntoslos antecedentes en desempeños profesionales cumplidos en el Poder Judicial o en el ejercicio de la abogacía. La actividad desarrollada en más de una de esas esferas podrá acumularse pero nunca superar el máximo de puntos correspondiente al presente ítem. Se considerará no sólo la experiencia derivada del transcurso del tiempo en una o más funciones sino también la calidad y el mérito técnico profesional con que las mismas se hubieren cumplido. Asimismo se incluirá en este inciso los siguientes ítems: el dictado de cursos, seminarios, conferencias o participación en mesas redondas correspondientes a la misma especialidad o razonablemente relacionada con ella. Se computará la asistencia a conferencias, cursos, seminarios, congresos o jornadas; se tendrá particularmente en cuenta la presentación de trabajos escritos. Publicaciones, las que al apreciarlas se deberá considerar su pertinencia en relación con el cargo para el que se concursa, su valor y especialmente su originalidad. Si se trata de revistas jurídicas, si son de divulgación nacional, regional o local, no computándose las meras publicaciones periodísticas en diarios o revistas de interés general. Se evaluará además el conocimiento de idiomas extranjeros, debidamente acreditado. Se apreciará el número de tales idiomas, especialmente su pertinencia a los fines del conocimiento jurídico y el grado alcanzado en su dominio. El desempeño de funciones públicas relevantes. b) Hasta 14 puntospor la obtención de títulos de postgrado. El máximo puntaje corresponderá al título de doctor obtenido en postgrado, acreditado legalmente en materias específicas de las Ciencias Jurídicas. c) Hasta 15 puntospor el ejercicio de la docencia en la especialidad propia del cargo para el que se concursa o en el ámbito de las disciplinas básicas de la ciencia del derecho. Se incluye en éste inciso la obtención de títulos de postgrado no incluidos en los estudios necesarios para la obtención de los títulos previstos en el inciso anterior. d) Hasta 36 puntospor la evaluación de la entrevista personal prevista en el art. 27 R.C.”

Publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones. S.S. Dra. Ramona Beatriz Velazquez. Presidente del Consejo de la Magistratura. Dr. Leonardo Diego Villafañe. Secretario Consejo de la Magistratura de la Provincia de Misiones.