Realizado el Concurso Público de antecedentes y oposición de conformidad al procedimiento establecido por las normas legales y reglamentarias de aplicación, y de acuerdo a los dictámenes aprobados por este Consejo, por la presente se eleva la terna por orden alfabético, sin que importe orden de mérito (art. 19 Ley IV -32 antes Ley 3652) correspondiente al siguiente concurso:
Realizado el Concurso Público de antecedentes y oposición de conformidad al procedimiento establecido por las normas legales y reglamentarias de aplicación, y de acuerdo a los dictámenes aprobados por este Consejo, por la presente se eleva la terna por orden alfabético, sin que importe orden de mérito (art. 19 Ley IV -32 antes Ley 3652) correspondiente al siguiente concurso:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites del Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 286/24 un cargo de Vocal de Cámara de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Eldorado de la provincia de Misiones, hace saber que la terna por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitida al Poder Ejecutivo de la Provincia es la siguiente:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, llama a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir la siguiente vacante en el Poder Judicial de la Provincia de Misiones:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición N° 285/24 un cargo de Defensor de Oficio de la Defensoría de Instrucción N° 3 de la Quinta Circunscripción Judicial de Misiones con asiento en la ciudad de San Vicente hace saber que la terna por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitidas al Poder Ejecutivo de la Provincia es las siguiente:
El CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en atención a lo dispuesto por el art. 28 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652) y habiéndose cumplido los trámites de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición N° 278/23 un cargo de Defensor de Primera Instancia de la Defensoría Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar N° 3 de la Quinta Circunscripción Judicial con asiento en San Pedro hace saber que la terna por orden alfabético sin que importen orden de mérito, art. 19 de la Ley IV – 32 (Antes Ley 3652), remitidas al Poder Ejecutivo de la Provincia es las siguiente: